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Acceso a los módulos para sujetos obligados

Desde esta sección los sujetos obligados¹ podrán cargar la información a la que están obligados según el Real Decreto 330/2016. Para ello se dispone de tres enlaces, para cada uno de los tipos de información a cargar en el sistema, que deberán utilizar según el tipo de sujeto obligado que se sea.

(¹) Son sujetos obligados los que se indican en el artículo 3, apartado 5, del Real Decreto 330/2016.